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Nueva (Tercera) oportunidad para cursar asignaturas (Artículo 33º, 42º y 43º RGE)

La solicitud para cursar nuevamente asignaturas reprobadas en 2 oportunidades se presenta en la Unidad Académica, si es rechazada puede apelarse ante el Decano de la Facultad respectiva y si éste la rechaza queda la opción de presentar su caso en la Comisión de Permanencia Estudiantil.

Insuficiente Avance Curricular (Artículo 28º RGE)

Habrá un Sistema de Alerta Temprana y Acompañamiento de los/las alumnos(as) cuyo propósito será detectar a aquellos(as) alumnos(as) que registran un rendimiento académico descendido, de modo de proporcionarles los apoyos y acompañamientos necesarios para revertir dicha situación. Este sistema, identifica el IRA (Índice de Riesgo Académico) de cada alumno/a, lo que permitirá señalar el máximo de créditos que puede cursar el estudiante en el semestre académico.

¿Cómo se Mide una Alerta Académica?

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El Índice de Riesgo Académico se calculará a culminar el semestre y considerará factores como la tasa de aprobación de asignaturas; segundas, terceras y cuartas activas; y retiros parciales y totales.